El artículo 102 de la Ley Orgánica del Ambiente, crea la Contraloría del Ambiente, como dependencia adscrita al Despacho del Ministro de Ambiente y Energía. Su tarea es vigilar la aplicación correcta de los objetivos de esa Ley, y de las que, por su naturaleza, le corresponda.
La Contraloría del Ambiente está obligada a denunciar cualquier violación a la regulación vigente, ante la Procuraduría Ambiental y de la Zona Marítimo Terrestre, así como ante el Ministerio Público.
Misión
Desarrollar acciones de Control Ambiental, dirigidas al control preventivo y correctivo del uso de los recursos naturales y a la investigacián de las denuncias ambientales no conformes con los objetivos y fines de la Ley Orgánica del Ambiente, y de la legislación nacional conexa, visualizadas en la gestión integral del MINAE y de las instituciones públicas afines.